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El Ministerio de Finanzas de Emiratos publicó el 9 de octubre la Decisión Ministerial 168 de 2026, que establece criterios de elegibilidad y procedimientos de acreditación para proveedores de factura electrónica. Entró en vigor el 1 de octubre y derogó el régimen previo de preaprobación de la Decisión 64 de 2025 y sus modificaciones. El ministerio describe el cambio como el paso desde el desarrollo y las pruebas a un sistema operativo.

El modelo anterior de preaprobación facilitaba la incorporación de proveedores mientras se desarrollaban y probaban infraestructura técnica e interoperabilidad. El nuevo marco elimina esa etapa y exige completar evaluaciones y pruebas definidas antes de conceder acreditación. La preparación técnica y el cumplimiento se convierten así en condiciones para operar, en vez de una autorización preliminar seguida de validación posterior.

La decisión conserva la flexibilidad introducida por una modificación anterior: los proveedores pueden utilizar productos Peppol de terceros o externalizar su desarrollo, operación o gestión, incluidos elementos de sus servicios. Siguen siendo plenamente responsables del cumplimiento y de prestar el servicio. La distinción importa para empresas que dependen de plataformas externas: externalizar componentes no transfiere obligaciones regulatorias al subcontratista.

El marco define procedimientos de renovación, evaluación continua y terminación, y ofrece un proceso formal para objetar una terminación. Los proveedores con aprobación preliminar antes de la entrada en vigor disponen de hasta 30 días desde el 1 de octubre para completar los requisitos, sin nueva solicitud salvo que el ministerio determine lo contrario. La aprobación preliminar puede terminar si no se cumplen las condiciones dentro del plazo.

Para las empresas, la norma define qué debe demostrar un proveedor acreditado antes de ofrecer facturación electrónica en Emiratos: capacidad técnica, preparación operativa y cumplimiento. La acreditación directa puede aportar confianza en la preparación del proveedor, pero exige inversión en pruebas, seguridad, interoperabilidad y soporte. El ministerio presenta el marco como apoyo a la eficiencia del cumplimiento y resiliencia empresarial; no cuantifica costes de implantación ni ahorros previstos.

Las empresas que adoptan factura electrónica deben distinguir sus propias obligaciones fiscales y de facturación del estado de acreditación del proveedor. Puede ser necesario verificar su elegibilidad, entender la integración y conservar registros exactos. La decisión es un hito regulatorio para proveedores, no prueba de que todas las empresas hayan migrado. Las guías y listas posteriores del ministerio precisarán la aplicación; este artículo informa de la decisión y transición sin evaluar el cumplimiento de una compañía concreta.