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La Casa Blanca emitió el 5 de octubre una orden ejecutiva para revisar un alivio temporal de los impuestos al combustible diésel. En cinco días, el secretario del Tesoro debe determinar si la ley autoriza la medida, si ocurrió un evento admisible y qué contribuyentes resultaron afectados. Si se cumplen esas condiciones, se podrá aplazar el pago de ciertos impuestos especiales sobre el diésel devengados entre el 5 de octubre y el 31 de diciembre.

La orden establece que los importes aplazados no generen sanciones ni intereses en la medida permitida por la ley, y pide al IRS no imponer determinadas sanciones por vender o usar diésel teñido en carreteras durante el mismo periodo. No es una exención fiscal universal automática: el alcance depende de la determinación legal del Tesoro y de sus instrucciones posteriores.