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La Capital Market Authority (CMA) abrió el 24 de septiembre de 2026 una consulta pública sobre un proyecto de restricciones al trading algorítmico. La Autoridad indicó que la consulta de 30 días concluiría el 24 de octubre y que las disposiciones definitivas estaban previstas para entrar en vigor el 1 de noviembre de 2026. Esas fechas describen el calendario propuesto. Hasta que se estudien las observaciones y se apruebe un texto final, el borrador no debe presentarse como una regla de mercado aplicable. Este artículo se refiere a una consulta aún abierta el 8 de octubre.
La prueba numérica central del borrador establece que, en un solo día de negociación, las órdenes algorítmicas sobre un valor cotizado en el Mercado Principal no deberían superar 20 órdenes por cada operación ejecutada. Se excluirían los valores clasificados como de «liquidez muy alta». La proporción se calcularía para cada operador registrado en la Bolsa responsable de la actividad de negociación de un miembro del mercado y sus clientes. No se trata de una cuota diaria única que agrupe todas las órdenes del mercado: la propuesta especifica el nivel de cálculo, el ámbito de valores y una excepción.
La propuesta también pide a las instituciones del mercado de capitales mantener sistemas y procedimientos de supervisión que protejan la integridad y eficiencia del trading algorítmico. Las entidades establecerían métodos para desarrollar y probar sistemas y algoritmos antes de usarlos, conservarían los registros pertinentes y facilitarían a la CMA y Saudi Exchange la información o los datos sobre negociación algorítmica que se soliciten. Estas disposiciones describen un marco de gobernanza más amplio que vigilar una proporción de órdenes. Como el texto sigue siendo un borrador, todavía no deben tratarse como obligaciones definitivas.
El posible efecto económico es condicional. Una prueba entre órdenes y operaciones puede ofrecer a los supervisores una herramienta para abordar un tráfico excesivo de mensajes o comportamientos automatizados que podrían perturbar la negociación; por sí sola no demuestra que una estrategia sea perjudicial ni que se haya producido manipulación. Los resultados dependerían de cómo se actualicen las categorías de liquidez, del cálculo por operador, del alcance de las excepciones y de la supervisión. Los comentarios hasta el 24 de octubre pueden modificar el texto. Por tanto, la proporción de 20 a 1 es una propuesta sometida a consulta, no un límite regulatorio definitivo.
Para la integridad del mercado, la eficacia dependería tanto del umbral numérico como de la clasificación de órdenes y del tratamiento coherente de los excesos. La norma final y su guía de aplicación podrían ser tan importantes como la proporción propuesta.


